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Hoja de ruta para negociar con aseguradoras y grupos hospitalarios
enero 12, 2023

Directrices de la Comisión Europea para la negociación colectiva

La Unión Europea abre la posibilidad de analizar fórmulas de negociación de los contratos de prestación de servicios con aseguradoras y/o grupos hospitalarios mediante acuerdos colectivos

La Comisión Europea adoptó el 29 de septiembre de 2022 sus Directrices sobre la aplicación del derecho de la competencia de la Unión Europa a los convenios colectivos suscritos por trabajadores por cuenta propia sin asalariados.

Se trata de unos criterios que suponen un gran avance para los médico/as de ejercicio libre que trabajan para Compañías y/o Grupos Hospitalarios, puesto que hasta ahora debían negociar individualmente sus condiciones contractuales, con la consecuencia de que éstas le eran impuestas unilateralmente por la contraparte con motivo del enorme desequilibrio del poder negociador.

Las Directrices especifican qué profesionales autónomos podrán firmar acuerdos colectivos

  • Autónomos que son económicamente dependientes de una empresa.
  • Autónomos que trabajan “codo con codo” con los trabajadores por cuenta ajena o asalariados. 
  • Autónomos que trabajan a través de plataformas digitales de trabajo.
  • Autónomos que prestan servicios a contrapartes que tienen determinada fortaleza económica que les sitúa en una posición negociadora débil. El desequilibrio negociador existe, entre otros supuestos, cuando la contraparte tenga un volumen de negocios de más de 2 millones de € o cuyo número de empleados sea igual o superior a 10 personas, circunstancias que claramente se produce en las aseguradoras y grupos hospitalarios.

Las condiciones del contrato que podrán ser negociadas colectivamente  incluyen cuestiones como la remuneración, el tiempo de trabajo y los modelos de trabajo, las vacaciones, los permisos, los espacios físicos en los que se desarrolla el trabajo, la salud y la seguridad, los seguros, y las condiciones en las que las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados tienen derecho a dejar de prestar sus servicios, por ejemplo, en caso de incumplimiento del acuerdo relativo a las condiciones de trabajo.

La Hoja de Ruta que hemos preparado junto con UNIPROMEL contempla distintas fórmulas para la articulación de acuerdos colectivos con aseguradoras y grupos hospitalarios, aunque hay que ser cautos en la interpretación de las Directrices ya que la Comisión Nacional de la Competencia todavía no se ha pronunciado oficialmente al respecto. 

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