¿Denegación de pago tras autorización previa?
Tus derechos como médico

Analizamos una situación de impago cada vez más frecuente: el médico realiza una intervención con tres códigos previamente autorizados, pero meses después la aseguradora deniega el abono de uno de ellos, alegando que estaba ‘incluido’ en los otros y exigiendo una devolución de importes. Explicamos por qué, con carácter general, no es legal que una aseguradora o clínica deniegue el pago de un acto médico autorizado ni que exija la regularización de importes ya facturados, siempre que la actuación médica haya sido conforme a la autorización inicial.

8 meses
Demora en el impago.
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Devolución
1 código
Denegado tras autorizar.

Derechos ante la denegación de pagos tras autorización

¿Puede una aseguradora denegar el pago de un acto médico ya autorizado?

No. Con carácter general, el médico tiene derecho a percibir los honorarios de todos los actos que hayan sido previamente autorizados por la compañía aseguradora. La autorización previa es el marco de referencia que garantiza la retribución del servicio prestado.

¿Existe obligación de devolver importes ya facturados y cobrados?

No. No existe obligación de regularizar ni devolver cantidades que ya han sido facturadas y cobradas conforme a la autorización inicial de la mutua. Si el médico actuó según dicha autorización, el derecho al cobro está consolidado.

¿Qué debo hacer si la clínica alega que el acto estaba "incluido" en otros?

Este es un argumento recurrente para denegar pagos. Es fundamental revisar tu contrato, ya que es el instrumento donde se regulan tus derechos y obligaciones. Ante una discrepancia sobre si un acto está «incluido», debe prevalecer la información técnica del acto realizado frente a interpretaciones posteriores de la clínica o aseguradora.

¿Qué información económica debo solicitar si hay impagos?

Te asiste el derecho a disponer de toda la información necesaria para verificar la liquidación. Esto incluye: los acuerdos económicos entre hospital y aseguradora, las facturas emitidas, los importes pendientes de cobro y las gestiones realizadas por la entidad. Nadie puede obligarte a realizar «actos de fe» sobre tus propios honorarios.

Abogado y médica revisando una resolución contractual.

¿Qué hacer ante una denegación injustificada de pago?

Ante la comunicación de que un acto médico autorizado no será abonado, el médico debe actuar con diligencia para no consolidar la pérdida. Sigue estos pasos fundamentales:

Medidas preventivas para blindar tu facturación:

Tu intervención fue autorizada; el pago es tu derecho. No aceptes menos.

¿Por qué es un error no reclamar intervenciones autorizadas?

Este es un argumento recurrente para denegar pagos. Es fundamental revisar tu contrato, ya que es el instrumento donde se regulan tus derechos y obligaciones. Ante una discrepancia sobre si un acto está «incluido», debe prevalecer la información técnica del acto realizado frente a interpretaciones posteriores de la clínica o aseguradora.

¿Por qué confiar tu defensa a IRE Legal?

Si te encuentras ante una denegación de pagos tras haber obtenido una autorización previa, no estás solo. En IRE Legal somos la entidad especializada en la protección y defensa de los derechos económicos y contractuales de los médicos de ejercicio libre.

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Contenido elaborado por IRE Legal, entidad especializada en la protección y defensa de los derechos económicos y contractuales de los médicos de ejercicio libre

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